
Parte 3: Resolución de problemas
Introducción
Reunión informal
Evaluación educativa independiente
IEP facilitado
Mediación
Quejas estatales bajo la ley IDEA
Audiencias procesales
Proceso / reunión de resolución
Procedimientos de audiencias procesales
Regla de inamovilidad
Introducción
Los padres y las escuelas deben tener una alianza sólida, teniendo como prioridad al niño. Esta alianza crecerá cuando los padres y el personal de la escuela trabajen conjuntamente. Es posible que haya desacuerdos, pero estos desacuerdos pueden ayudar a mejorar la educación del niño. Los desacuerdos que se resuelven felizmente fortalecen la relación entre los padres y la escuela.
Reunión informal
¿Qué hacer cuando surgen problemas?
- Cuando surgen problemas, hable directamente con las personas involucradas cuanto antes.
- Primero, usted puede llamar para solicitar una reunión informal y discutir la situación.
- Segundo, usted se puede preparar para la reunión, haciendo una lista de asuntos y posibles soluciones.
¿Qué puede usted hacer en la reunión?
- Determine el asunto que debe solucionarse.
- Escuece activamente para entender la perspectiva de otras personas.
- Comunique sus preocupaciones de manera clara. Tome notas para mantener la reunión en el curso correcto y enfocada en el niño.
- Haga preguntas o repita lo dicho para asegurar que usted y otros hayan entendido bien.
- Trabaje en equipo para sugerir algunas opciones para resolver este asunto.
- Analice todas las opciones para ver si encuentra puntos de acuerdo.
- Discuta lo que debe pasar a continuación.
¿Cómo controlar las emociones en la reunión?
- Trate de explicar sus sentimientos calmadamente y describa cuáles son sus preocupaciones sobre el futuro a los demás participantes.
- Pídale a alguien que le acompañe a la reunión para ayudarle a concentrarse en el asunto de manera positiva.
- Si por casualidad usted comete un error u ofende a alguien, discúlpese. Una disculpa puede servir de mucho para resolver la situación.
Qué pasa si los problemas no se resuelven por completo en la reunión?
- Considere programar otra reunión informal con personas distintas o con más participantes.
- Llame a otros para pedir sugerencias sobre las posibles acciones futuras.
- Llame al Sistema de Mediación de Educación Especial, al 888-298-3857 (número libre de cargo) o al 262-538-1618 (teléfono de texto TTY), o busque información en el sitio Web de WSEMS, en: http://www.wsems.us. Una reunión de IEP con un facilitador o con un mediador podría ser de ayuda.
Siguientes pasos: ¿Qué puede hacerse si las maneras informales de resolver el problema no funcionan?
- Evaluaciones Educativas Independientes (IEE),
- IEP con un facilitador,
- Mediación,
- Quejas estatales IDEA,
- Audiencias procesales.
Los padres y la escuela pueden usar uno o más métodos para resolver problemas. La escuela debe informar a los padres sobre los siguientes métodos de resolución de problemas:
Estas maneras formales de resolver problemas pueden ayudar a la escuela y a los padres a comunicarse. Las escuelas y los padres deben primero intentar los métodos informales y usar los métodos formales sólo si los informales no funcionan.
Antes de usar cualquiera de estos métodos formales para resolver problemas, los padres deben entender cómo funcionan y para qué tipo de problemas funcionan mejor. Otras partes de este libro proporcionan información sobre las evaluaciones educativas independientes, mediación en educación especial, quejas estatales IDEA y audiencias procesales.
Antes de usar estos métodos formales de resolución de problemas, muchos padres encuentran útil hablar con alguien en WI FACETS o en algún otro grupo de apoyo. Consulte la lista de recursos en la parte posterior de este libro. A menudo la ayuda es gratuita.
Evaluación educativa independiente(IEE)
(34 CFR 300.502)
Boletín del DPI # 99.02
Una evaluación realizada por personas calificadas fuera de la escuela se conoce como evaluación educativa independiente o IEE. Si los padres están en desacuerdo con la evaluación y pruebas realizadas por el distrito escolar, pueden solicitar que la escuela pague una IEE. Los padres pueden tener sólo un IEE por cada evaluación realizada por el distrito escolar.
El distrito debe informar a los padres dónde pueden realizar la IEE cuando los padres lo pidan. La escuela también debe informar a los padres sobre los criterios de la escuela para las IEE. Los padres pueden decidir quién hará la IEE, pero las personas que hagan esa prueba deben estar tan calificadas con la persona que realiza las pruebas en la escuela. Los distritos pueden establecer políticas o criterios para las IEE. Los criterios de la escuela pueden establecer quién puede hacer las IEE y dónde. Los criterios deben ser similares a los empleados por el distrito cuando realiza sus propias evaluaciones.
Cuando los padres solicitan una IEE (preferiblemente por escrito) a expensas del distrito, el distrito tiene dos elecciones. Sin demora, el distrito debe bien sea pagar por la IEE o solicita una audiencia procesal para argumentar que la evaluación es apropiada o que la IEE no cumple con los requisitos legales.
Si el distrito realiza una audiencia procesal y el oficial de la audiencia dice que el distrito tiene la razón, los padres podrían aún realizar la IEE pero a expensas propias.
Sin importar quién pague por la IEE, los padres pueden traer los resultados al equipo del IEP. El equipo del IEP debe hablar de los resultados del IEE al tomar decisiones de educación especial.
Los padres pueden también usar los resultados de la IEE que han pagado en una audiencia procesal. Si un oficial de audiencias ordena una IEE como parte de la audiencia, el distrito debe pagar por ella.
IEP facilitado
Un IEP (Programa de Educación Individualizado) facilitado es una opción para la resolución temprana de problemas disponible para los padres y escuelas. Un IEP facilitado usa un profesional capacitado neutro para ayudar al equipo del IEP a decidir qué incluir en el IEP. Esta participación puede llevarse a cabo en cualquier reunión del equipo del IEP.
La opción del IEP facilitado es voluntaria. Si los padres o la escuela no desean usar un facilitador, la reunión del IEP será conducida sin el facilitador.
Los procesos con un facilitador en el IEP, aumentan la colaboración y resolución de problemas del personal de la escuela y evitan costosas dispuas y promueven los esfuerzos de ayuda a los alumnos”.
-El Presidente de la Comisión de Excelencia en Educación Especial
El proceso es gratuito. El Sistema de Mediación de Educación Especial (WSEMS) paga a facilitadores con fondos del Departamento de Instrucción Pública de Wisconsin.
El DPI apoya el sistema de mediación. El DPI apoya el aumento de opciones disponibles para que los padres y las escuelas resuelvan las disputas. Tales opciones ayudarán a las partes a forjar relaciones de confianza, duraderas y de colaboración”.
-Dra. Stephanie Petska, Directora, Equipo de Educación Especial, DPI de Wisconsin
¿Por qué deseo participar en un IEP facilitado?
Un IEP facilitado se usa como ayuda cuando la escuela y la familia creen que será difícil realizar una reunión del equipo del IEP debido a falta de confianza o a problemas de comunicación. Un IEP facilitado es más eficaz cuando se solicita a comienzos del proceso del IEP.
¿Cómo solicito un IEP facilitado?
El padre, tutor legal, estudiante adulto, representante escolar o ambas partes pueden decidir que un facilitador es necesario para ayudar en la reunión del IEP. Llame al WSEMS, al 888-298-3857 (libre de cargo) o al 262-538-1618 (teléfono de texto, TTY) para solicitar un IEP facilitado.
¿Es el facilitador parte del equipo del IEP?
El facilitador neutro no es parte del equipo del IEP. El papel del facilitador es sólo mantener al grupo de trabajo trabajando unido. Sólo el equipo del IEP toma decisiones sobre el programa (no el facilitador).
¿Quiénes son los facilitadores?
El WSEMS tiene una lista de facilitadotes capacitados, que provienen de diferentes entornos: legal, de trabajo social, de psicología y de comercio. Cada facilitador ha sido altamente capacitado en comunicación eficaz.
¿Dónde y cuándo se lleva a cabo una reunión del IEP con un facilitador?
La reunión del IEP es usualmente programada por el distrito escolar. La reunión se lleva a cabo en un lugar y a una hora aceptable para todos los miembros del equipo del IEP, incluyendo los padres.
¿Cuál es el papel del facilitador?
- Ayuda al equipo del IEP a enfocarse en el desarrollo de un IEP eficaz.
- Guía la discusión manteniendo la energía centrada en el estudiante.
- Ofrece maneras de abordar y resolver conflictos en el desarrollo del IEP.
- Modela y mantiene una comunicación abierta y respetuosa entre los miembros del equipo.
- Ayuda a los miembros del equipo a desarrollar y a aclarar cuestiones sobre asuntos que hayan surgido en reuniones pasadas del IEP.
- Ayuda a mantener a los miembros en la tarea y en los límites de tiempo programados.
- Se mantiene imparcial y no se parcializa, culpa a otros o determina si una decisión es correcta o incorrecta.
El facilitador:
“La persona que lidera la reunion del IEP es capaz de promover y discutir asuntos educativos.
El facilitador del IEP es responsible de guiar la negociación y el consenso entre los participantes de la session del IEP”.
- Facilitador
Mediación
(Estatutos de Wisconsin 115.797)
Boletín del DPI # 98.07
¿Qué es la mediación?
La mediación es una negociación facilitada. Una parte neutral, un mediador, ayuda a los padres y al distrito escolar a resolver las disputas en una reunión informal. La mediación es voluntaria. Los padres, el distrito escolar o el mediador pueden poner fin a la mediación en cualquier momento. El mediador no toma la decisión por las partes, como un juez o un funcionario de audiencias. El mediador ayuda a las partes a identificar problemas, discutir puntos de vista, generar opciones y crear soluciones aceptables para todos. Cuando las partes resuelven todos o parte de los problemas, trabajan conjuntamente para escribir un acuerdo. Ambas partes firman el acuerdo. Las partes pueden pedirle a un abogado que revise el acuerdo antes de firmarlo. Si las partes no se sienten cómodas con el acuerdo, no deben firmarlo. El acuerdo firmado es un contrato y tiene validez legal.
La mediación no atrasa ni niega el derecho a una audiencia procesal. La mediación alienta el respeto mutuo, promueve la comunicación y contribuye a una relación de trabajo más positiva en el futuro.
¿Qué es un formulario de solicitud de mediación?
Hay un formulario disponible del Sistema de Mediación de Educación Especial de Wisconsin (WSEMS), al 888-298-3857 (libre de cargo), al 262-538-1618 (teléfono de texto, TTY) o en el sitio: http://www.wsems.us El formulario es fácil de llenar. La persona que solicita la mediación describe el problema y firma el formulario. El coordinador de ingresos del WSEMS puede prestar ayuda para llenar el formulario.
¿Cómo se solicita la mediación?
- Juntos: después de discutir los asuntos, los padres (o tutores o estudiante adulto) y la escuela pueden decidir que es necesario que una persona neutral resuelva el problema. Esto se conoce como solicitud conjunta.
- Individualmente: un padre, estudiante adulto o representante de la escuela puede solicitar la mediación.
Se llena una solicitud:
O
¿Qué pasa si un padre solicita mediación individualmente?
El WSEMS notifica a la otra persona identificada en el formulario de solicitud. El coordinador de ingresos explica el proceso de mediación y determina si la otra persona en el formulario desea intentar mediar. Esa persona no está legalmente obligada a participar en la mediación. El proceso de mediación es voluntario. La otra persona en el formulario tiene 5 días hábiles para decidir si participará o no.
¿Quién paga la mediación?
La mediación es un proceso gratuito para los padres y la escuela. El WSEMS le paga a los mediadores con fondos del DPI de Wisconsin. Sin embargo, los participantes en el sistema deben pagar sus propios honorarios de abogados, de ser el caso.
¿Cuándo es de ayuda la mediación?
- Una relación continua entre la familia y representantes de la escuela
- Necesidad de privacidad
- Necesidad de tener soluciones creativas y flexibles
- Identificación
- Evaluación
- Programa de Educación Individualizado (IEP)
- Colocación
- Educación pública gratuita apropiada (FAPE)
La mediación es el proceso correcto si hay:
Bajo la ley de educación especial, la mediación puede emplearse en disputas relacionadas con:
La mediación es más eficaz cuando se usa a inicios de la disputa.
¿Quién puede participar en la mediación?
- Defensor
- Abogado
- Pariente
- Psicólogo / Psiquiatra
- Trabajador social
- Ministro, cura, rabino
- Amigo de la familia
- Doctores o proveedores de servicios médicos
La ley de Wisconsin establece que las personas que pueden participar son los padres (o estudiante adulto o tutor legal) y dos representantes del distrito escolar. Sin embargo, otros pueden participar con el permiso de los padres y representantes de la escuela. Otros participantes podrían incluir a:
Los participantes pueden solicitar un receso en cualquier momento durante la sesión de mediación para hablar con alguien que no esté presente en la mediación por teléfono o en persona.
¿Quiénes son los mediadores?
El WSEMS, conjuntamente con el DPI, tiene una lista de mediadores altamente capacitados, los mediadores provienen de distintos ramos profesionales, incluyendo leyes, psicología, trabajo social, negocios y educación. No hay ventaja o desventaja en tener a un mediador abogado o de otra profesión. Cada mediador ha completado una capacitación de cinco días en mediación para educación especial. También se requiere que completen un día de capacitación cada año para permanecer en la lista.
Después de que las partes acuerden participar, el WSEMS designa un mediador. Si una o ambas partes se opone al mediador, el WSEMS asigna a un mediador diferente. Cada parte puede solicitar un mediador específico. Se puede usar un mediador que no esté en la lista, pero a expensas del solicitante. El coordinador de ingresos pregunta a ambas partes algunas preguntas estándar sobre el caso y, conjuntamente con el directo de mediaciones, acopla el caso individual con la personalidad, experiencia, educación y capacitación de un mediador en particular.
¿Qué pasa con la ley?
La Ley de Educación para Personas con Discapacidades (IDEA) es una ley federal destinada a asegura que los niños con discapacidades reciban una educación gratuita pública apropiada (FAPE). La ley IDEA requiere que todos los estados ofrezcan mediación como opción voluntaria. La ley estatal crea la mediación como opción en Wisconsin. El Boletín informativo actualizado del DPI #98.07describe el sistema de mediación detalladamente.
Sesión de mediación
- La sesión se lleva a cabo dentro de los 21 siguientes a la fecha de colocación de un mediador.
- El mediador trabaja con los participantes para fijar un lugar, fecha y hora de reunión.
- La mediación puede realizarse en bibliotecas, centros comunitarios, escuelas, oficinas del distrito escolar, oficinas legales u otros lugares que los participantes acuerden.
- El mediador ayuda a los participantes a decidir quién más puede estar presente en la reunión.
- Todos se sientan alrededor de una mesa con el mediador, de manera informal.
- El mediador explica el acuerdo de mediación y pide a las partes que lo firmen.
- El mediador explica el proceso de mediación y el papel del mediador.
- El mediador pide a los participantes que expliquen su punto de vista de la situación.
- El mediador puede hacer preguntas para aclarar o crear opciones.
- Usualmente, no hay registros visuales, auditivos o escritos de la sesión.
- Cualquier persona puede solicitar un receso o el mediador puede decidir dar un receso.
- Una sesión de mediación puede durar de una hora a un día completo. Las partes deben acordar un horario general antes del comienzo de la sesión. A veces se requiere de más sesiones.
- Los padres y el distrito escolar trabajan juntos para redactar la manera como han resuelto resolver la disputa. Ambos firman un acuerdo escrito, llamado acuerdo de mediación. El participante puede, a su propio costo, hacer que un abogado revise el acuerdo.
Antes de comenzar:
El día ha llegado
Después de la sesión:
Se pide a todos los participantes que completen una encuesta sobre la sesión. La información es anónima y confidencial. La encuesta ayuda al WSEMS a medir cómo funciona el proceso de mediación.
Quejas estatales bajo la ley IDEA
(34 CFR 300.151)
Los padres pueden usar una queja estatal de IDEA cuando consideren que la escuela no ha seguido la ley de educación especial. Los distritos deben informar a los padres sobre su derecho de presentar una queja de IDEA. Cualquier persona (padre, maestro y otras personas) u organización puede presentar una queja. La persona u organización debe presentar la queja dentro de un año a partir de la supuesta infracción. Las quejas estatales bajo la ley IDEA son enviadas al DPI para ser investigadas.
Una queja de IDEA debe indicar cómo ha infringido el distrito la ley de educación especial. La queja de IDEA debe ser por escrito, firmada y debe indicar los hechos concretos. El DPI tiene un formulario que puede usarse para presentar quejas. Consulte el sitio: http://www.dpi.wi.gov/forms/doc/f2117.docSi la queja alega que ha habido infracciones sobre un niño específico, se debe incluir el nombre y la dirección del niño, así como el nombre de la escuela a la que asiste el niño. La queja también debe incluir una solución propuesta al problema, hasta donde la persona que presenta la queja sepa. Se debe enviar una copia de la queja al distrito, al mismo tiempo que al DPI.
El distrito debe tener la oportunidad de responder a la queja, incluyendo una propuesta para resolver la queja. El distrito y los padres pueden acordar usar mediación para resolver el problema. El DPI debe investigar la queja. Generalmente, el DPI revisará los archivos y hablará con las personas por teléfono. De ser necesario, el personal del DPI visitará la escuela.
El DPI debe tomar una decisión sobre la queja dentro de los 60 días siguientes a la fecha de recepción de la misma. La decisión contendrá los hechos y dirá si el distrito ha quebrantado la ley. En ocasiones, el DPI extenderá el límite de 60 días para terminar la investigación.
Si los padres presentan una queja de IDEA y solicitan una audiencia procesal por el mismo problema, el DPI no investigará el asunto hasta que la audiencia y cualquier apelación hayan concluido. La decisión en la audiencia procesal será vinculante. Si los padres y la escuela se deciden en la mediación, el DPI puede extender la investigación hasta que la mediación haya concluido, si los padres y la escuela están de acuerdo. Los padres pueden retirar la queja de IDEA en cualquier momento antes de que el DPI tome una decisión.
Si el DPI determina que el distrito quebrantó la ley, el distrito debe hacer un plan para resolver el problema. Esto se llama Plan de Acción Correctivo, o CAP. Si la persona que presenta la queja quiere saber qué hay en el CAP, se puede solicitar una copia ante el DPI.
Para más información sobre cómo presentar una audiencia de IDEA, llame a WI FACETS, al 877-374 - 4677 o al DPI, al 608/266 - 1781 o 800/441- 4563 para ayuda sobre cómo presentar una queja.
Las quejas deben ser por escrito y firmadas, y deben enviarse a:
Assistant Superintendent
DPI Division for Learning Support: Equity and Advocacy
PO Box 7841
125 S. Webster St.
Madison, WI 53707-7841
arriba
Audiencias procesales
(WI Ch. 115.80)
Una audiencia procesal es un proceso legal usado por los padres y distritos para decidir asuntos. Usualmente se emplea cuando cualquier otro intento para resolver el problema ha fallado. Las audiencias procesales pueden usarse para problemas con evaluaciones, IEP, decisiones de colocación o FAPE. Las escuelas pueden solicitar una audiencia procesal si los padres de un niño en la escuela pública se rehúsa a autorizar la evaluación. El distrito también puede solicitar esta audiencia si considera que no debe pagar por una IEE. Los padres pueden solicitar una audiencia proceso en un asunto relacionado con el proceso IEP de FAPE. La solicitud de esta audiencia debe presentarse dentro de un año a partir del momento en que la parte sabe o debía saber sobre la acción que forma la base de la audiencia.
Las escuelas deben informar a los padres cómo solicitar una audiencia procesal. Los padres también pueden llamar al DPI, al 608/266-1781 o al 800/441-4563 para pedir una solicitud, o pueden obtener una del sitio Web del DPI, al: http://www.dpi.wi.gov/forms/pdf/pod2115.pdf Deben llenar el formulario y enviarlo al distrito escolar con una copia al DPI. El formulario preguntará sobre el problema y sobre posibles soluciones.
Cuando el DPI recibe una solicitud de audiencia procesal, se elige a un oficial de una lista. Ni la escuela ni lo padres pueden pedir a un oficial de audiencias en particular.
Las escuelas usualmente tienen abogados que eles representan en las audiencias procesales. Las escuelas pueden usar expertos de la escuela o cualquier otro experto en apoyo de la escuela. Los padres pueden usar un abogado que les represente en la audiencia o se pueden representar a sí mismos. El DPI enviará a los padres una lista de agencias que pueden prestar servicios legales a bajo costo. Los padres también pueden usar expertos para apoyar su caso.
CONSEJO: Se aconseja a los padres hablar con un abogado antes de solicitar una audiencia.
Proceso / Reunión de resolución
- Una opción para resolver disputas disponible cuando los padres solicitan una audiencia procesal.
- Reunión informal entre la escuela y los padres para darles la oportunidad de resolver una disputa específica que es la base de la solicitud de la audiencia procesal.
- Puede llevarse a cabo con o sin la ayuda de un facilitador.
- Hay facilitadotes disponibles en el WSEMS.
Antes de realizar una audiencia, debe haber una reunión de resolución, si los padres solicitaron una audiencia procesal. Una reunión de resoluciones una reunión informal con la escuela y los padres para intentar solucionar el problema. La escuela debe fijar una reunión de resolución dentro de los 15 días siguientes a la solicitud de los padres. Pueden usar un facilitador de WSEMS en la sesión, si así lo acuerdan. Si el problema no se resuelve dentro de 30 días, se llevará a cabo la audiencia. La escuela y los padres pueden acordar no tener la audiencia de resolución e ir directamente a la audiencia. Pueden acordar usar mediación en vez de una reunión de resolución.
¿Qué es el proceso / reunión de resolución?
- No.
- Estos servicios del WSEMS para las reuniones de resolución son gratuitos para padres y escuelas
¿Hay que pagar por el facilitador?
- Llame al WSEMS, al 888-298-3857 o al 262-538-1618 (teléfono de texto, TTY).
- Si los padres ni la escuela desean un facilitador, no se suministrará uno.
¿Cómo solicito un facilitador?
- Sí, pero los padres y el distrito escolar deben acordarlo por escrito.
- Deben firmar una renuncia y usar bien sea al proceso de mediación o la audiencia procesal.
¿Se puede renunciar a la reunión?
- Los padres, representantes de la escuela (con autoridad para tomar decisiones en nombre de la escuela), y miembros relevantes del equipo del IEP.
- Los padres y el distrito escolar deciden quién desean que participe.
- El distrito escolar no puede traer un abogado, a menos que los padres traigan a uno. (No se acordará pagar el abogado de ninguna parte en el proceso de resolución).
- La reunión de resolución debe llevarse a cabo dentro de los 15 días siguientes a la recepción de la solicitud de la audiencia procesal por parte de la escuela. El proceso puede consistir en una o más reuniones.
- Si la escuela no es capaz de resolver la disputa debido a la satisfacción de los padres dentro de los siguientes 30 días, la audiencia procesal puede continuar.
- No hay requisito legal de mantener confidencial la reunión de resolución.
¿Quién puede participar en una reunión de resolución?
¿Hay un plazo?
¿Es confidencial?
CONSEJO: Un acuerdo confidencial puede considerarse por las parte para que sea firmado al comienzo de la reunion de resolución, pero el efecto legal de dicha reunion no está claro.
arribaProcedimientos de audiencias procesales
La audiencia procesal incluye testigos, interrogatorios y procesos de repregunta, así como la presentación de pruebas por parte de los padres y de la escuela. Al menos 5 días hábiles antes de la audiencia, los padres y las escuelas deben divulgar a la otra parte qué información presentarán en la audiencia. El oficial de la audiencia puede citar y poner bajo juramento a testigos. El oficial de audiencias dirigirá la audiencia y decidirá cómo se llevará a cabo. El oficial de audiencias no debe usar las reglas de los estatutos o de la ley sobre pruebas. El oficial puede permitir cualquier testimonio razonable y no permitir testimonio sobre pruebas que no tengan nada que ver con el desacuerdo. El oficial de audiencias usará los hechos y las pruebas para tomar una decisión en el caso.
El oficial de audiencia tiene la facultad de ordenar cualquier solución al problema que considere razonable. El oficial de audiencias tiene 45 días para tomar la decisión después de terminar con el proceso de resolución. El oficial de audiencias puede dar extensiones de tiempo justificadamente. Los plazos son más breves en situaciones de disciplina. Consulte la Parte 4.El distrito paga por la audiencia procesal. Los padres pagan por su propio abogado y si los padres ganan el caso, pueden solicitar en un tribunal que la escuela les reembolse los honorarios del abogado. Hay ciertos límites, por lo que los padres deben hablar con un abogado que se entienda en temas de educación especial.
La decisión del oficial de audiencias es definitiva y vinculante, a menos que se apele. Si alguna de las partes no está de acuerdo con la decisión, pueden entablar una demanda civil en el tribunal de circuito (tribunal estatal) donde vive el niño, o en un tribunal de distrito de los Estados Unidos (tribunal federal). Las apelaciones deben presentarse dentro de los 45 días siguientes a la decisión de la audiencia. El Juez del tribunal toma la decisión de acuerdo a las pruebas. La decisión del oficial de audiencias y del informe es parte de las pruebas.
¿Qué pasa con el niño mientras la audiencia se lleva a cabo?
La escuela y los padres tienen la responsabilidad de asegurarse de que la educación del niño no se vea interrumpida mientras la audiencia se desarrolla. A menos que los padres estén de acuerdo, la escuela no puede cambiar la colocación del niño mientras la audiencia se desarrolla. Los padres y el distrito pueden acordar una nueva colocación para el niño si consideran que es lo mejor para el niño. Si el problema está relacionado con la admisión inicial del niño a la escuela, con la autorización de los padres, el niño debe ser asignado a la escuela hasta que los procedimientos hayan concluido.
Si el oficial de audiencias acuerda con los padres que el cambio de colocación es apropiado, la colocación decidida por los oficiales de audiencias se convierte en la colocación del niño hasta finalizar cualquier apelación.
Esta regla es distinta para otras situaciones disciplinarias. Consulte la Parte 4.


